Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios (REDDU)
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Exposición de Motivos

El marco legal de referencia, conforme al cual se desplegará la actuación de la Defensoría de los Derechos Universitarios, está basado en el artículo tercero de la Ley Orgánica, el cual establece como objeto, organizarse dentro de un régimen de desconcentración funcional y administrativa. En ese sentido, la normatividad aplicable será la Legislación Universitaria y la reglamentaria de conformidad con el marco jurídico nacional e internacional vigente.

En el entendido que es importante que las personas de la comunidad universitaria conozcan y hagan efectivos el conjunto de normas jurídicas y preceptos éticos que rigen el actuar de nuestra Defensoría, en este sitio hacemos una síntesis de su Reglamento, poniendo énfasis en las actuaciones que están dentro de su competencia. En la exposición de motivos del texto original se dejan claras las bases jurídicas nacionales que la sustentan: los artículos primero y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos apuntan que las universidades promoverán, garantizarán y protegerán que su educación esté basada en los derechos humanos. De este mandato surge la Defensoría de Derechos Universitarios (DDU) de la UAM como un espacio institucional que difunda, canalice y atienda las quejas e inconformidades cuando se considere que se han transgredido o se pueden afectar los derechos humanos de nuestra comunidad universitaria.

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  • Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios